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DIRECCION EJECUTIVA: JULIA MONTESORO

Se aprobaron modificaciones para la Ley de Mecenazgo de Buenos Aires: incrementa el potencial de patrocinadores y permite presentar más proyectos

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó una modificación al Régimen de Participación Cultural – Ley de Mecenazgo vigente, que promueve el financiamiento privado para iniciativas artísticas. El despacho de esta modificación, con dictamen favorable de la Comisión de Cultura y de la de Presupuesto con 49 votos positivos y tres negativos, sostiene que “el mecenazgo es una forma de generar y activar mecanismos de oportunidades en todas las ramas del arte, la cultura atraviesa a todos los sectores de la sociedad, alcanzando y contribuyendo a los procesos de formación de identidad de todos los ciudadanos, a la construcción de la idiosincrasia, costumbre y valores”. 

La ley contribuye significativamente al tejido cultural de la Ciudad. Como ejemplo, en la convocatoria de 2023 se seleccionaron desde espectáculos teatrales hasta producciones audiovisuales, pasando por proyectos de patrimonio histórico y de infraestructura, y se eligieron en total 1126 proyectos de 14 disciplinas culturales. Desde su creación, esta ley que ahora fue mejorada apoyó 10.923 proyectos.

El Régimen de Participación Cultural – Mecenazgo del Ministerio de Cultura del Gobierno porteño constituye una plataforma que promueve el financiamiento público-privado destinado a impulsar proyectos artísticos y culturales de gran magnitud. Este programa, que involucra 14 disciplinas, brinda una oportunidad única para que las empresas contribuyan significativamente al enriquecimiento de la escena cultural de la Ciudad.

Los patrocinadores participan en el programa Mecenazgo como contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos (II. BB.) y, a través de este mecanismo, canalizan su apoyo hacia uno de los proyectos culturales seleccionados. Los beneficiarios, por su parte, tienen la oportunidad de presentar sus proyectos durante la convocatoria anual, siendo evaluados y seleccionados por el Consejo de Participación Cultural. 

¿Qué implica el cambio de ley? 

Los patrocinadores que aporten a estos proyectos pueden deducir como mínimo el 80% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (II. BB.), aportando solo el 20% en forma genuina. Antes, las deducciones impositivas para estas empresas iban disminuyendo según la cantidad de proyectos anteriores aprobados, empezando en el 80% y bajando hasta el 50%. Desde 2025, los proyectos solo iban a poder deducir el 50% de II. BB. Esto hacía difícil que muchos proyectos se realizaran por falta de fondos.

La nueva ley soluciona dicho inconveniente, permitiendo que las empresas deduzcan como mínimo el 80% de II. BB. y solo necesiten aportar el 20% restante, facilitando así la financiación de propuestas culturales a través del Mecenazgo.

Incrementa el potencial de patrocinadores, ya que la nueva ley establece que pueden imputar hasta el 20% de lo que aportan a los II. BB, con excepción de los grandes contribuyentes que podrán imputar hasta el 10%. 

Se pueden postular más proyectos, ya que la nueva ley amplía la posibilidad de presentar proyectos culturales hasta tres, de los cuales se podrán aprobar dos.

Próximamente el programa presentará un nuevo reglamento y anunciará la apertura de su convocatoria 2024.  

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