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DIRECCION EJECUTIVA: JULIA MONTESORO

España va por la ley que impone una tasa del 1,5% a las plataformas para subsidiar los medios públicos

El Gobierno de España buscará poner en vigencia a partir de 2022 la “Ley Netflix”, que obligará a las plataformas internacionales de video en streaming a contribuir a la financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española S.A. (RTVE) a través de una tasa del 1,5% de sus ingresos anuales en España, aunque se facturen desde otros países.

La Corporación de Radio y Televisión Española, S. A -o Radiotelevisión Española-, es una sociedad estatal que organiza la gestión indirecta del servicio público de radio y televisión de España. Fue creada en 2007 tras la refundación del antiguo Ente Público Radiotelevisión Española.

La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales española reveló las novedades del anteproyecto de ley general de Comunicación Audiovisual, que volverá a someterse a audiencia pública hasta el 12 de julio.

El nuevo proyecto exime a las operadoras de telecomunicaciones que realicen despliegues de redes de 5G del aporte del 0,9% para RTVE: se considera que esas compañías (en España son, entre otras, Telefónica, Vodafone u Orange, que poseen plataformas de televisión), estarían pagando un doble impuesto.

Otro de los cambios esenciales del proyecto es el regreso de la publicidad en RTVE, aunque solo en sus plataformas digitales y también en plataformas de intercambio de vídeos generados por usuario, sus canales internacionales y ciertos tipos de patrocinios.

Se mantiene en tanto la obligación para las plataformas internacionales de destinar un 5% de los ingresos generados en España (siempre y cuando superen los 50 millones de euros) a financiar cine y series europeos.

Una modificación relevante se refiere al sistema de financiación de RTVE. El nuevo texto establece que la financiación de ente público se realice con aportes de todos los jugadores del mercado audiovisual que compiten por la misma audiencia: televisión abierta, televisión paga, prestadores de VOD y plataformas de intercambio de videos, subrayando que la norma regirá para aquellas plataformas establecidas en España como en cualquier otro país de la Unión Europea, siempre que ofrezcan sus servicios en España.

El proyecto de ley tiene un cambio sustancial: aunque obligue a pagar la tasa de RTVE y la de ayuda al cine europeo, la nueva tasa se calculará sobre los ingresos. La mayor parte de las plataformas de VOD estadounidenses que operan en España declaran solo un porcentaje mínimo de su facturación en el país, desviando el grueso de los ingresos a sociedades interpuestas radicadas en Estados con otros beneficios fiscales. En su primer ejercicio fiscal en España, en 2019, Netflix por ejemplo declaró unos ingresos conjuntos de unos 540.000 euros y terminó pagando apenas 3.146 euros de impuestos, pese a tener 4 millones y medio de abonados en España.

Fuentes de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones insisten en que para el cómputo de la nueva tasa se “tendrán en cuenta los ingresos reales, no las declaraciones fiscales”.

El nuevo texto del anteproyecto de ley refuerza igualmente la promoción de obra audiovisual europea en obras de productor independiente, incrementando las obligaciones de inversión. Los prestadores que estén obligados (entre ellos las plataformas) deben cumplir dos obligaciones, cuyos porcentajes no se suman entre sí. La primera, destinar el 3,5% a obra audiovisual, en cualquier formato, de productor independiente que además deberá realizarse en la lengua oficial del Estado o en alguna de las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas. Este porcentaje supone un incremento respecto al 0,9% actual.

La segunda, destinar el 2% a la financiación de cine de productor independiente que también deberá realizarse en la lengua oficial del Estado o en alguna de las lenguas oficiales de las comunidades autónomas. Esta obligación ya figuraba, como señalan las fuentes, en el texto de la primera audiencia y supone un incremento respecto del 1,8% vigente.

Se considera productor independiente a quien no esté vinculado empresarialmente con un prestador de servicios de comunicación audiovisual obligado a cumplir con la obligación de financiación de obra audiovisual europea.

El texto también recoge de forma explícita el respeto a la igualdad y la no discriminación por cuestión de género, al tiempo que se incorpora la promoción de códigos de autorregulación que protejan a los usuarios frente a contenidos que puedan atentar contra la dignidad de la mujer o fomenten valores sexistas, discriminatorios o estereotipados.

La nueva disposición prevé el fomento a la producción de obras audiovisuales dirigidas o producidas por mujeres a través de las convocatorias de ayudas con cargo al Fondo de Protección a la Cinematografía y al Audiovisual.

El anteproyecto retoma la franja de protección a menores reforzada de la tarde en TV abierta, dado el reconocimiento y la extensión de su uso por parte de los usuarios.

En lo que se refiere a la publicidad de bebidas alcohólicas se prohíbe que se dirija específicamente a menores, y dé la impresión de que su consumo contribuye al éxito social o sexual, o lo relacione con ideas o comportamientos que expresen éxito personal, familial, social, deportivo o profesional.

La Secretaria de Estado prevé poder completar la tramitación para aprobar la nueva ley en Consejo de Ministros a fines de octubre o principios de noviembre. Si bien depende de los alegatos o recusaciones que reciban y del curso interno del trámite administrativo, todo apunta que estará en vigencia a comienzos de 2022.

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